PLAZOS PARA CERTIFICAR TU SISTEMA DE AUTOCONTROL SAE

Si eres exportador de productos de origen animal (cárnicos, pescados, lácteos, miel, preparados de estos, etc,..) debes de tener en cuenta los siguientes plazos de aplicación:
1 de marzo de 2016
Para aquellos establecimientos exportadores que quieran continuar exportando, deberán contar y comunicar al CEXGAN con su Certificado SAE por un organismo de certificación autorizado o Verycer (OIC), o en su defecto, deben de haber cerrado el acuerdo y la fecha auditoria en plazo urgente y razonable, la fecha limite para comunicar al CEXGAN esta información será el
1 de Julio 2016.
A partir de esta fecha (01/07/2016) las empresas que no dispongan del certificado SAE (o no lo tengan planificado y comunicado al CEXGAN), no podrán solicitar los certificados veterinarios de exportación (ASE) hasta que obtengan un certificado del Sistema de Autocontrol Específico -(SAE) por parte de un organismo de certificación autorizado o VERYCER (OIC).
Aclaración: Los establecimientos cárnicos que estuvieran inscritos con anterioridad en la Lista Marco con su certificado de inspeccion vigente, podrán seguir solicitando su certificado veterinario SAE hasta el 1 de Julio de 2016. A partir de esta fecha deberán contar con una certificacion de su Sistema de Autocontrol Específico (SAE) por parte de un organismo de certificación autorizado o VERYCER (OIC).
VERYCER CONTROL AGROALIMENTARIO ya ha recibido la Resolución favorable de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, para ser entidad independiente de control y certificación de sistemas "SAE". conforme el Real Decreto 993/2014 para obtener la certificación veterinaria oficial para la exportación.? (enlace a la autorización).